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Cerca de $800 millones habría despilfarrado el Concejo de Ibagué en una póliza de salud que disfrutan los concejales y sus familias, y que pagan los contribuyentes

Una investigación de más de dos meses permitió dejar al descubierto un costoso privilegio que tienen los cabildantes de la ciudad desde hace casi una década.
Investigación
Autor: Luis Eduardo González R.
Autor:
Luis Eduardo González R.
Cerca de $800 millones habría despilfarrado el Concejo de Ibagué en una póliza de salud que disfrutan los concejales y sus familias, y que pagan los contribuyentes

"Lo que no me cuesta, hagámoslo fiesta”. Ese dicho popular ha sido aplicado al pie de la letra por el Concejo de Ibagué, durante más de una década, lo que ha significado un derroche de recursos públicos para favorecer con una exclusiva póliza de salud a los padres, esposas, hijos mayores de edad, hijastros, hermanos y hasta sobrinos de los concejales de la ciudad.

Mientras el resto de habitantes de Ibagué debe sortear las dificultades del sistema de salud, como los largos tiempos de espera para una cita con un especialista o una cirugía, demoras para la autorización de tratamientos e interminables filas para reclamar un medicamento, los 19 concejales y sus amplios grupos familiares tienen el privilegio de beneficiarse de una póliza que solo pueden pagar las familias más pudientes del país. (Ver: Contrato para escoger el Personero de Ibagué sería irregular)

Por ejemplo, si un cabildante o uno de sus parientes -incluidos en el seguro- se enferman, tienen derecho a: habitación individual, para no mezclarse con el resto de pacientes; cama para su acompañante, enfermera especial, Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) sin límite de días, tratamiento psiquiátrico, prótesis, atención de enfermedades congénitas para bebés y asistencia médica en viajes internacionales, entre otros servicios.

Todas estas coberturas le han costado al Municipio de Ibagué anualmente, en promedio, unos $200 millones. EL OLFATO solo pudo acceder a los contratos celebrados entre los años 2018 y 2021, pues, la Corporación Municipal intentó obstaculizar la investigación varios meses, a través de maniobras dilatorias y el ocultamiento de información, supuestamente reservada.

Sin embargo, la cifra del despilfarro será superior si la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría Municipal logran acceder a los contratos celebrados por esta corporación antes del año 2018. (Ver: Exconcejales tendrían que responder con su bolsillo por el fallido proceso de elección del Personero de Ibagué)

¿De dónde el costoso privilegio?

Uno de los defensores de la millonaria póliza de salud es el concejal Liberal Javier Mora, integrante de la Liga Anticorrupción que montó recientemente su colega Rubén Darío Correa. Casualmente, los dos, Mora y Correa, fueron los cabildantes que más parientes incluyeron en la aseguradora.

Mora sostiene que la Ley 136 de 1994 autoriza al Concejo a contratar la misma protección en salud que recibe el alcalde de Ibagué, en este caso, el ingeniero Andrés Fabián Hurtado.

“Los concejales tienen que tener la misma salud que tenga el alcalde de la ciudad. A los alcaldes se les compra póliza de salud, entonces a los concejales también. Desde que yo inicié como concejal, pues mi núcleo familiar eran mis padres y mi hermana. Eso así continuó todos los años que yo he sido concejal. Luego me casé y me aclararon que ellos ya no podían ir en la póliza, entonces este año irán mi esposa y mi hijo”, dijo Mora, con tono de preocupación.

La norma que cita Javier Mora es el artículo 68 de la Ley 136 de 1994, que dice lo siguiente: “Los concejales tendrán derecho durante el período para el cual han sido elegidos, a un seguro de vida equivalente a veinte veces el salario mensual vigente para el alcalde, así como a la atención médico asistencial a que tiene derecho el respectivo alcalde. Para estos efectos, los concejos autorizarán al alcalde para que se contrate con cualquier compañía de seguros legalmente autorizada, el seguro previsto en este artículo”.

Para algunos abogados consultados por EL OLFATO, dicha norma no indica con claridad que los concejales y los alcaldes puedan contratar una “póliza de salud”, pues habla, textualmente de “un seguro de vida” y de “la atención médico-asistencial a que tiene derecho el respectivo alcalde”.

“Lo que uno puede leer es que sí tienen derecho a una póliza de vida, pero no se advierte claramente que el beneficio se amplíe a una póliza de salud, que es más costosa, y mucho menos, que se les extienda la cobertura a sus familiares más cercanos”, dijo una de las fuentes consultadas por esta redacción, quien pidió mantener su nombre en reserva.

EL OLFATO envió una solicitud de información a la Dirección de Talento Humano de la Alcaldía de Ibagué para preguntar si el alcalde Andrés Hurtado gozaba de la cobertura de una póliza de salud, como la que disfrutan de tiempo atrás los concejales.

La respuesta fue contundente: “No, la Alcaldía de Ibagué no tiene ningún rubro para pagarle pólizas de salud al doctor Andrés Fabián Hurtado. Él está afiliado al régimen contributivo en salud (EPS), como cualquier trabajador, y cuenta con el servicio de medicina prepagada, pero lo cancela con recursos propios”.

Eso sí, cuenta con una póliza de vida, como la que ordena la Ley 136 de 1994, con seguros La Previsora.

Ahí surge la pregunta: ¿Si el alcalde está afiliado al régimen contributivo, como el resto de trabajadores, por qué los concejales insisten en trasladar a las finanzas públicas sus privilegios y los de sus familiares?

Se sintieron pillados y corrigieron, pero la irregularidad quedó consumada. Este año, cuando el Concejo de Ibagué se disponía a contratar nuevamente la póliza de salud, EL OLFATO exigió información sobre el proceso y cuestionó la cobertura de los amplios grupos familiares de los políticos.

En los estudios previos, el objeto del contrato dice: “contratar la póliza de seguro de salud colectivo con cobertura familiar a los 19 concejales del Concejo Municipal de Ibagué y su grupo familiar” e incluyeron los nombres y las edades de padres, esposos y esposas, hijos, hijastros, hermanos y hasta sobrinos.  (Ver documento)

El contrato (065) se celebró el 19 de mayo de 2021, por $238.926.450, con el estimativo de la cobertura para 63 personas -incluidos los concejales- y casi un mes después pasó a $167.112.950, por la exclusión de la póliza de 13 personas. (Ver documento)

Para tratar de enmendar el error, suscribieron una adenda modificatoria (el 9 de junio) en la que, sin mayor sustento técnico, económico y menos jurídico optaron por retirar a los padres (los que están casados), los hijastros, los hijos mayores de edad y los hermanos, lo que conllevó a la reducción del valor del contrato. (Ver documento

“La adenda modificatoria no está claramente justificada, se debería conocer la propuesta económica por parte de la aseguradora para conocer por qué hicieron el descuento en dinero, qué hizo pasar de $238.926.450 a $167.112.950. Esto denota ausencia de planeación en el proceso contractual”, explicó otra de las fuentes consultadas.

Fue tal la ‘chambonada’ que la adenda quedó mal redactada, pues en la cláusula modificatoria se hace alusión a un contrato diferente al suscrito entre el Concejo de Ibagué y la compañía Allianz Seguros.

En el primer punto dice que cambiará el valor del contrato 067 del año 2020 y el proceso en mención es el 065 del año 2021.

Ahí se puede advertir que hicieron eso a la carrera, solo porque sabían que ustedes estaban encima”, aseguró una fuente del Concejo Municipal.

Lo que responde el presidente del Concejo de Ibagué

El concejal conservador Arturo Castillo, elegido este año presidente de la corporación, entregó versiones contradictorias sobre el polémico contrato de la póliza de salud.

En principio dijo que él simplemente recibió la relación de nombres que sus compañeros aportaron como beneficiarios y que no tenía facultades para excluir a nadie del contrato.

“Un concejal llena un formato con la información, se miran las preexistencias que vienen de pólizas anteriores y yo no soy autoridad para excluir a nadie en los estudios previos. Mal haría yo de excluir una persona a mi voluntad, y estamos en una pandemia y si le sucede algo estaría metiendo a la misma Corporación o al mismo Municipio en problemas”, sostuvo Castillo, quien días después de la entrevista sí pudo excluir a 13 beneficiarios. (Ver documento)

Cuando se indagó por los nombres de los beneficiarios y el nexo familiar, aseguró: “Yo no le puedo revelar el nombre de los afiliados porque eso tiene una reserva y serán los entes de control los que me pidan el listado. Una cosa son los estudios previos y otra cosa las pólizas definitivas”.

Sin embargo, en el portal de contratación están todos los nombres y las edades de las personas amparadas. Ellos aparecen incluidos en los estudios previos, los cuales se montaron con las tablas de los beneficiados del año 2020.

Por ejemplo, Javier Mora tenía a su padre, Carlos Arturo Mora, quien recientemente fue secretario de despacho de la Gobernación del Tolima y exdirectivo de Cortolima, cargos en los cuales tuvo ingresos altos. (Ver: "Campanazos alertan sobre posible corrupción y falta de transparencia": concejal Mora)

Además, amparaba en la póliza a su esposa, a su hijo recién nacido, a su hermana de 28 años y a su mamá de 54. El interés del concejal Liberal era tener cinco beneficiarios, con el agravante que los padres resultan más costosos por la edad y las preexistencias.

Mi papá no tenía empleo desde el 31 diciembre de 2019, todo el 2020 estuvo desempleado y gran parte del 2021 también. Si fuera por eso, lo podría meter. Quien es responsable de contratar la póliza no me exigió que mi hermana no podía ir, solo me preguntaban quién era mi núcleo”, argumentó.

Por su parte, el cabildante Rubén Darío Correa tenía a su esposa, sus dos hijos menores de edad y a su hijastra de 30 años, a quien tuvo que excluir en la adenda modificatoria. (Ver: Roy Barreras exalta la lucha anticorrupción que lidera Rubén Darío Correa y lanza pullas a Óscar Barreto)

Otra favorecida ampliamente fue la concejal del partido de La U -ahora barretista-, Martha Ruíz. Ella incorporó en el listado de beneficiarios a su esposo, a su hijo médico (quien era contratista de la Gobernación del Tolima) y a una sobrina. Los dos últimos tienen 29 años y salieron del amparo.

El conservador barretista Brayan Escandón tenía a sus padres y a un hermano de 30 años, mientras que William Rosas reportó a su esposa y a su hija de 36, quien tuvo que ser apartada de la póliza. Escandón retiró a su hermano y Rosas a su hija.

Así hayan retirado a 13 personas, la irregularidad se mantiene. Es el colmo que equiparen la Ley 100 con ese decreto de 1994. En el régimen contributivo sí se tienen en cuenta los núcleos familiares, incluidos los hijos cuando estudian; pero en las pólizas de salud y en la medicina prepagada es diferente. Si usted compra una póliza o adquiere un plan de prepagada, lo hace de manera individual y si tiene hijos menores de edad o esposa, debe pagar por ellos de manera individual. Y si afilia a sus padres mayores, pues le sale más caro. Aquí lo que vemos es a unos vivos disfrutando de la plata del Estado”, concluyó otro de los abogados.

¿Qué dice el Ministerio de Hacienda?

Esta situación fue puesta en conocimiento del Ministerio de Hacienda y compromete a los concejales de Ibagué.

“Se hace necesario tener en cuenta que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 169 de la Ley 100 sustituido por el artículo 37 de la Ley 1438 (mencionado en el oficio No. 2-2018-011629), la medicina prepagada NO puede asimilarse a una póliza de seguro en salud; por lo tanto, los municipios NO pueden contratar medicina prepagada a favor de los concejales con cargo a recursos públicos”, indicó la entidad a través de su oficina de prensa.

Además, en otro concepto del año 2018, el Ministerio señaló que los concejos municipales deberían promediar los ingresos que tienen los miembros de esa corporación anualmente, por concepto de los honorarios que reciben por las sesiones, y que con ese valor hacer la afiliación al régimen contributivo de salud, en el caso que el cabildante no esté asegurado. Con ese mecanismo habría un ahorro considerable para las finanzas públicas.

“Los concejales pueden acceder a servicios de salud en igualdad de condiciones a otros servidores públicos y sus familiares. Las pólizas de salud, cuando su valor es superior a los costos del régimen de salud contributivo, establecen una discriminación positiva, que no es justificable ni razonable, no debería el Concejo, ni está autorizado para celebrar contratos en beneficio de terceros ajenos a la corporación, solo por tener nexos familiares con quienes tienen investidura”, aseguró otra abogada de la ciudad.

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