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Procuraduría suspende por tres meses al gerente (e) del Ibal por denuncia de EL OLFATO

La Procuraduría Regional del Tolima acaba de suspender por tres meses del cargo al gerente del Ibal (e), Mario Casas, por la denuncia revelada este lunes por EL OLFATO.
Ibagué
Autor: elolfato.com
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Foto: Suministrada

La Procuraduría Regional del Tolima acaba de suspender por tres meses del cargo al gerente del Ibal (e), Mario Casas, por la denuncia revelada este lunes por EL OLFATO. (Ver: Gerente (E) del Ibal vive en apartamento del contratista ‘estrella’ de la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado)

Los hechos tienen que ver con los nexos ocultos que mantenían el funcionario y el contratista estrella de la entidad, Didier Portela, quien en los últimos tres años ha logrado quedarse con contratos que superan los $14.000 millones.

Según reveló este medio de comunicación, Casas reside desde hace varios meses en el apartamento 702 del edificio Kuarzo, en Piedrapintada, propiedad de Portela, pero aparece registrado a nombre de los jóvenes Didier Felipe y Valentina Portela Galindo, hijos de dicho contratista.

El Ministerio Público encontró suficientes las pruebas recaudadas por EL OLFATO para suspender al gerente del Ibal y ordenar de inmediato una investigación disciplinaria.

 

Comunicado de la Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación abrió investigación disciplinaria y ordenó la suspensión por tres meses del director operativo, hoy gerente encargado de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado Ibal S. A. E.S.P del Tolima, Mario Alberto Casas Guerra, por presunta incursión en conflicto de intereses o abuso indebido del cargo, al celebrar negocios jurídicos con particulares.

El investigado, quien residiría en un inmueble de propiedad de los hijos del representante legal de Incobelci S.A.S., Didier Portela Torres, contratista del Ibal; al parecer, en su condición de miembro del comité evaluador ha revisado sus propuestas, recomendado su escogencia y supervisado algunos de los contratos que le han sido adjudicados por esta entidad.

La suspensión provisional de Casas Guerra, sin derecho a remuneración durante el término que dure la medida cautelar, según lo previsto en el artículo 157 del Código Disciplinario Único, es de inmediato cumplimiento. El investigado no podrá ejercer cargo o función pública, o contratar con el Estado, durante este tiempo.

La Procuraduría Regional del Tolima advirtió que la medida de suspensión provisional no implica una sanción contra el investigado, sino una disposición temporal de carácter preventivo, que busca evitar una eventual continuación de la presunta falta o que la misma se reitere.

El ente de control decretó la práctica de pruebas tendientes a determinar la posible ocurrencia de la conducta, para esclarecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que el implicado podría haber cometido una falta disciplinaria.

El investigado podrá solicitar ser escuchado en versión libre.

 

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