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Trabajadores que tienen sus esposas embarazadas no pueden ser despedidos

Nación
Autor: ElOlfato
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Ningún trabajador en Colombia podrá ser despedido de su empleo si su esposa está embarazada o en periodo de lactancia, y depende económicamente de él.

Así lo determinó la Corte Constitucional al responder una demanda interpuesta por el ciudadano Wadys Tejada Flórez, quien logró que el alto tribunal incluyera a los hombres dentro del fuero que tenían las mujeres en el Código Sustantivo del Trabajo.

El demandante consideraba que la Corte debía condicionar esa norma porque no protegía económicamente a las familias cuando el esposo o compañero era quien velaba por el sustento económico de la familia.

"El cónyuge o compañero(a) permanente trabajador(a) de la mujer embarazada no trabajadora, no pueda ser despedido durante el periodo de embarazo o lactancia o que para poderlo despedir se requiera la autorización del inspector del trabajo, tal y como lo ordena el Código Sustantivo del Trabajo para la mujer embarazada", solicitaba en la demanda el señor Tejada Flórez.

Además, con esta decisión, se están garantizando los derechos a la vida, la igualdad, la familia, seguridad social, y a la protección a la maternidad en favor de la mujer embarazada no trabajadora, además del niño que está por nacer.

El alto tribunal aceptó la petición de este ciudadano y ordenó que todos los beneficios definidos en el artículo 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo se extiendan a los padres.

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