Están prohibido los eventos públicos o privados en los que concurran más de 50 personas: MinSalud
La emergencia sanitaria en el país a causa del COVID-19 fue prorrogada hasta el 30 de noviembre del presente año. El Ministerio de Salud y Protección Social estableció las prohibiciones durante la emergencia.
A través de la Resolución 1462 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social adopta medidas tales como prohibir los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas. Esto con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional.
“Los eventos públicos o privados en los que concurran hasta 50 personas deben garantizar que no exista aglomeración y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social", consta el documento.
De igual forma, recomiendan a las personas mayores de 70 años al autoaislamiento preventivo, y a la ciudadanía en general a no asistir a eventos sociales.
El acto establece las medidas de vigilancia y control epidemiológico en el que se contempla el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo (PRASS).
El Ministerio de Salud enfatizó en la cultura de la prevención que va dirigido a que las instituciones públicas y privadas, la sociedad civil y la ciudadanía en general deben coadyuvar en la implementación de la norma y las disposiciones. Esto "en desarrollo del principio de solidaridad y de los postulados de respeto al otro".