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Procuraduría exige reglamentación de cabalgatas a alcaldes del Tolima

Después de la afectación de un equino durante la cabalgata en El Espinal, solicitó la debida reglamentación a 11 municipios en el Tolima con fiestas programadas que involucren desfiles con caballos.
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Autor: Redacción Región
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Procuraduría exige reglamentación de cabalgatas a alcaldes del Tolima

Luego que durante la cabalgata efectuada el domingo 25 de junio en El Espinal resultara afectado un equino, la Procuraduría puso los ojos sobre este tipo de eventos e hizo una solicitud a 11 alcaldes del Tolima. 

La Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué de cara a las festividades de folclor en diferentes municipios del Tolima, dio apertura a una vigilancia preventiva y control de gestión en actividades con concentración de equinos.

El Ministerio Público indicó que estas cabalgatas programadas durante las festividades municipales deben contar con la debida reglamentación y cumplir la normativa contra el Maltrato Animal. Además de garantizar la protección e integridad de los animales como seres sintientes. 

Asimismo, recordó las consideraciones del Tribunal Administrativo del Tolima donde se expuso la protección de los derechos e intereses colectivos. 

Recalcó que los Alcaldes Municipales como primera autoridad administrativa y policiva tiene la obligación de velar por el cumpliento de los mandatos constitucionales y legales para garantizar los derechos colectivos, vida e integridad de los espectadores y jinetes participantes; además, de la protección de los seres sintientes. 

Por esta acción preventiva, le solicitó un informe a los alcaldes de Alvarado, Anzoátegui, Cajamarca, Piedras, Roncesvalles, Rovira, San Luis, Santa Isabel, Suárez, Valle de San Juan y Venadillo en el Tolima.

El Ministerio Público les pidió que indiquen sí durante junio y julio de 2023 tienen programados en cada municipio desfiles de caballos y sí es así, deben indicar en cada caso: tipo, nombre del evento, fecha, duración (horarios), recorrido y área de influencia. 

Además, señalar quiénes son los responsables de la organización del evento, aportes, costos e inversiones de cada administración municipal en cada evento, destinación de los recursos, recaudos por la inscripción de los participantes, número estimado de participantes y de caballistas o jinetes inscritos en cada cabalgata. 

Deberán aportar las copias íntegras y digitalizadas de los documentos contentivos del trámite para la autorización del evento y la autorización emitida por la respectiva administración municipal. 

Enfatizó que cada Alcaldía debe certificar si el evento cuenta con licencias zoosanitarias y/o permisos del ICA como protocolos de medidas y controles sanitarios a los equinos participantes; de igual manera, de las Instalaciones (corrales, bebederos, comederos y embarcaderos) que faciliten el manejo de los animales durante todo el evento. 

Asimismo, señalar si hay disponibilidad permanente de agua potable para el suministro de los animales y el sistema de limpieza de estiércol y desecho del evento. 

También deberán indicar si hay un protocolo de verificación del transporte, cargue y descargue de los animales en condiciones óptima de seguridad; disponibilidad de veterinarios, insumos e instalaciones para la adecuada asistencia y atención de los animales heridos, lesionados o enfermos durante la concentración de equinos.

En cuanto a los jinetes, ciudadanos que resulten heridos, lesionados o enfermos durante el evento, deben contar con disponibilidad de un cuerpo médico y/o paramédico, ambulancias, equipos, insumos e instalaciones para la adecuada asistencia. 

Deberán confirmar si cuenta con los puestos de control de la fuerza pública y organismos de socorro; además, para la verificación de la regulación del consumo de bebidas alcohólicas y la participación de menores de edad. 

Además señalar sobre los controles de emisiones de ruido y presión sonora que no afecte a los equinos y los participantes. 

Por último, indicar si el municipio cuenta con una reglamentación actualizada, integral, clara, precisa y previamente socializada para el desarrollo de este tipo de eventos que contenga mínimo los requisitos nombrados. Si la respuesta es afirmativa deben allegar la copia íntegra y digitalizada de dicha reglamentación. 

 

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