Consejo de Estado ratificó curul del diputado Juan Guillermo Beltrán
21 de marzo de 2025

Consejo de Estado ratificó curul del diputado Juan Guillermo Beltrán

El alto tribunal anuló la decisión que invalidaba la elección de Juan Guillermo Beltrán y confirmó su curul en la Asamblea del Tolima.

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Escrito por: Redacción Región
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El Consejo de Estado revocó la nulidad electoral proferida en primera instancia contra el diputado electo del Tolima, Juan Guillermo Beltrán Amórtegui, y le permitió conservar su curul para el periodo 2024-2027 en la Asamblea Departamental.

La alta corte negó las pretensiones de la demanda presentada por un ciudadano, quien alegaba una presunta inhabilidad electoral basada en un vínculo de afinidad entre Beltrán Amórtegui y Juan Enrique Rondón García, actual alcalde de Honda. Según el demandante, ambos estaban inscritos por el partido Cambio Radical y existía un parentesco en segundo grado de afinidad, ya que Beltrán sería compañero permanente de la hermana de Rondón.

El Tribunal Administrativo del Tolima acogió inicialmente los argumentos y anuló la elección. Sin embargo, en segunda instancia, el Consejo de Estado concluyó que no había pruebas suficientes para demostrar que existía una unión marital de hecho entre el diputado y la hermana del otro candidato al momento de la inscripción (29 de julio de 2023).

Asimismo, el alto tribunal determinó que Beltrán Amórtegui y Rondón García no se inscribieron por el mismo partido, sino por coaliciones distintas. Mientras el diputado fue avalado por la coalición "Cambio Radical – ADA", el alcalde se inscribió por “Honda Nos Une 2024-2027”, integrada por Cambio Radical y Creemos.

“La norma de inhabilidad solo aplica cuando ambos candidatos se inscriben por el mismo partido o movimiento político, no cuando lo hacen por coaliciones diferentes”, argumentó la defensa del diputado.

El Consejo de Estado reiteró que las inhabilidades deben interpretarse de forma restrictiva, en aplicación de los principios constitucionales pro persona y pro libertatis, que buscan garantizar el derecho fundamental a la participación política.

La decisión fue celebrada por la defensa como un precedente relevante en materia de derecho electoral y debido proceso.

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