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Alcaldía del Espinal deberá indemnizar a menor que resultó quemada con pólvora 

Los hechos ocurrieron en la plaza de toros Gilberto Charry en el marco del festival de San Pedro. 
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Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
Alcaldía del Espinal deberá indemnizar a menor que resultó quemada con pólvora

En firme quedó la sentencia que declara civilmente responsable a la Alcaldía de Espinal por las quemaduras que sufrió Karol Dayana Sabogal Soto, de cuatro años, en medio de un espectáculo de pirotecnia llevado a cabo en la plaza de toros Gilberto Charry, el 26 de junio de 2009. 

A la decisión se vincula Luciano Campos Chamorro, quien suscribió un contrato con la Administración Municipal para el arrendamiento de la plaza de toros en el marco de las festividades de San Pedro.  

La noche del 26 de junio, la menor fue llevada por sus padres a la plaza de toros, donde su ubicaron en la primera fila del palco 27, para disfrutar los juegos pirotécnicos. 

En medio de la presentación, un 'cohete silbador' cayó sobre la menor, lo que provocó que su vestimenta se incendiara y le provocara quemaduras de segundo y primer grado en el torax, cuello y cara. 

Según dictamen médico, las quemaduras de segundo grado comprometieron el 10% de la superficie corporal de la menor, lo que le dejó una cicatriz permanente.  

De la responsabilidad 

Según el fallo, si bien cualquier persona independiente de que fuera un adulto o un menor pudo resultar lesionado, hubo irresponsabilidad y negligencia de la Administración Municipal y del encargado del evento por no ejercer control sobre las actividades pirotécnicas ni establecer las medidas de seguridad para los eventos de alto riesgo

Además, hubo una extralimitación en el uso del recinto taurino al llevar a cabo una actividad para la cual no se había otorgado el respectivo permiso. 

"La responsabilidad recae directamente sobre la Administración Municipal y el señor Luis Campos Chamorro que debían contar con los permisos requeridos y las medias 
correspondientes para desarrollar actividades de pirotecnia
y evitar accidentes como el que ocurrió con la menor Karol Dayana Sabogal el cual, le pudo suceder a  cualquier otro espectador", reza el fallo.

Pero se añade que, la responsabilidad es de igual manera de los padres quienes conocían del riesgo de forma previa. 

La indemnización 

El Tribunal Administrativo del Tolima confirmó la decisión del Juzgado Décimo Administrativo del Circuito que ordenó a pagar a la Alcaldía de El Espinal a pagar por daños materiales a la menor la suma de $9.472.762, más $3.610.094 a los padres y 16 salarios mínimos mensuales legales vigentes por daño a la salud.

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