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Nuevo concepto determina que Mauricio Jaramillo no podría ser candidato

La Comisión Nacional del Servicio Civil se pronunció luego de ser consultada ante la posible inhabilidad de Mauricio Jaramillo Martínez.
Poder
Autor: Redacción Región
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Redacción Región
Nuevo concepto determina que Mauricio Jaramillo no podría ser candidato

El director jurídico de la Comisión Nacional del Servicio Civil emitió como concepto que el hermano del Ministro de Salud está inhabilitado para aspirar a la Gobernación del Tolima.

Por tal razón Mauricio Jaramillo Martínez no podría  presentarse como candidato para las próximas elecciones del 29 de octubre.  

La comisión tomó como base diferentes criterios y jurisprudencias que indican que la inhabilidad objeto de estudio exige que el empleado haya ejercido autoridad en el respectivo departamento, lo cual significa que esa autoridad puede provenir del desempeño de un cargo del orden municipal, departamental o nacional, según corresponda. 

Asimismo, que la autoridad que ejerce un funcionario del nivel nacional recae sobre el respectivo departamento.

La respuesta de la comisión fue emitida el pasado 6 de junio y aún se espera la reacción de Mauricio Jaramillo, quien aspiraría por el partido liberal a reemplazar a Ricardo Orozco Valero.  

EL OLFATO habló con el abogado Antonio París, quien recordó que, desde que se nominó y cuando se posesionó el 1 de mayo Guillermo Alfonso Jaramillo como nuevo Ministro de Salud, inició la consulta jurídica sobre si Mauricio Jaramillo estaría inhabilitado. 

Según París, él y varios juristas han solicitado conceptos y están estudiando en detalle la ley 2200 de 2022, del 8 de febrero de 2022, en su numeral 6 del artículo 111.

“Es la primera vez que la norma se va a aplicar en un ejercicio electoral Tradicional. No vamos a encontrar ninguna sentencia del Consejo Nacional Electoral, Sección Sexta, porque es nueva”, enfatizó París. 

Recordó que esta norma habla de la inscripción y recordó el caso de Jorge García que luego de dos años en su mandato como gobernador fue inhabilitado y tuvo que dejar el cargo. 

Agregó que esta norma exige la temporalidad, en este caso que Guillermo Alfonso Jaramillo haya ejercido como autoridad civil, política, administrativa o militar durante el año anterior a las elecciones del 29 de octubre  y que ya está dada, pues se posesionó en mayo pasado. 

El segundo requisito, es que el Ministro es una autoridad administrativa y, el tercero, la territorialidad. En este último es donde tienen las discrepancias. 

“Algunos interpretan la norma que tienen que ejercer la autoridad dentro del ámbito departamental. La Función Pública establece que el origen de esta autoridad que tiene efectos en el Departamento pueden ser de origen Municipal, Departamental y Nacional”, enfatizó París. 

Señaló el jurista que el partido político también se podría ver afectado, si conoce la inhabilidad del candidato y a pesar de eso lo inscriben, pueden sancionar a la colectividad. No podría presentar candidatos en los próximos cuatro años a la Gobernación y hasta perder la personería jurídica. 

“Vemos cómo otros partidos han guardado total hermetismo frente al candidato Mauricio Jaramillo”, indicó París. 

En el caso hipotético de que se inscriba como ciudadano. 

“Hay un primer filtro. La Procuraduría tiene una dependencia especial para establecer de oficio si un candidato está inhabilitado y ese listado se lo pasa al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que mire el trámite de revocatoria de la inscripción”, dijo París. 

 

 

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