Inició la COP16 en Cali el pasado 21 de octubre, la conferencia de las partes (COP) es el órgano rector que se creó en el año de 1992 en Rio de Janeiro al adoptar el Convenio de Biodiversidad Biológica (CBD) que nació en la Cumbre de la Tierra.
Sin embargo, tres décadas después de su origen, la COP enfrente los mayores desafíos del cambio climático en el mundo entero por las graves devastaciones del medio ambiente y la biodiversidad. Basta solo ver la crisis de la Amazonía como pulmón del mundo.
Desde la perspectiva del ordenamiento territorial existen grandes desafíos que deben liderar los municipios como célula básica de la división político-administrativa del Estado. Sin embargo, en cifras del Departamento de Planeación Nacional -DNP- mas del 70% de los municipios colombianos no tienen revisión general de largo plazo de los POT y este es el instrumento por excelencia para la protección del medio ambiente y la biodiversidad de los territorios.
Según el Ministerio de Vivienda, no existe sanción para los municipios que omitan la revisión de los POT por lo que, dicho instrumento tan importante para la protección del medio ambiente depende de la voluntad del alcalde de turno y teniendo en cuenta los costos de los estudios técnicos que pueden superar los ochocientos millones de pesos para los municipios más pequeños, los alcaldes optan por invertirlos en obras publicas “cemento” que genera más réditos políticos.
El ordenamiento territorial municipal es el articulador de lo que el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia potencia mundial de la vida” jerarquizó en el articulo 30 como determinantes del ordenamiento territorial y su prevalencia, y en los ejes de transformación, indicó que el primer eje es precisamente, el “ordenamiento del territorio alrededor del agua” buscando la protección de los determinantes ambientales y de las áreas de especial interés para garantizar el derecho a la alimentación.
Estas leyes si bien son muy importantes, en la actualidad carecen de coerción como su atributo básico, no solo desde la imposición de la ley por autoridad superior (Congreso de la República) o por el poder reglamentario del presidente, lo más importante de la coerción, es la capacidad de la norma de hacerse obedecer, respecto de sus destinatarios, cuya norma somete a sus mandatos imperativos. Este atributo no lo tienen las normas de ordenamiento territorial, según lo indica el propio Ministerio de Vivienda.
Por ello es urgente una reforma al ordenamiento territorial en Colombia dotando de coerción a dicho cuerpo normativo y la COP 16 es un escenario idóneo para abrir un debate académico y es la creación de una “Superintendencia del territorio” que dote de dientes a las normas y que obliguen a las entidades territoriales a cumplir la ley.
Las superintendencias han funcionado muy bien como órganos técnicos y un claro ejemplo de ello es la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- o la Superservicios, por ejemplo, que hoy le dan un balance positivo al país luego de varias décadas ejerciendo inspección, control y vigilancia.
Sin coerción, las normas de ordenamiento territorial seguirán siendo un saludo a la bandera y un rosario de buenas intenciones.