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Corte Suprema ordena borrar pasado judicial de personas que hayan cumplido su pena

El pronunciamiento de la Corte se da luego de estudiar el caso de un hombre condenado por el delito de lavado de activos.
Justicia
Autor: Redacción Nación
Autor:
Redacción Nación
Corte Suprema ordena borrar pasado judicial de personas que hayan cumplido su pena

La Corte Suprema de Justicia ordenó eliminar el pasado judicial de aquellas personas que hayan cumplido con su condena y no tengan asuntos pendientes con la justicia.

De este modo, las autoridades judiciales deberán borrar de sus bases de datos, incluso antecedentes judiciales “en virtud del derecho al olvido y el principio de caducidad de dato negativo, se impone suprimir los nombres de las personas condenadas cuando jurídicamente se ha declarado el cumplimiento de la pena o su prescripción”, informó la Corte.

No obstante, argumentó que el fallo que en algún momento condenó a la persona debe estar a disposición del público, “permitiendo así que los ciudadanos accedan a ellas mediante los buscadores web”, señala el alto tribunal.

La Corte añadió que esta decisión se da “al ponderar la tensión entre el derecho a la intimidad y al buen nombre (…), con el deber de divulgación de las sentencias judiciales…”.

El pronunciamiento de la Cortes Suprema de Justicia se dio al negar esa petición a una persona condenada a 80 meses de cárcel por el delito de lavado de activos. Esto debido a que el sentenciado pedía que se borrase su pasado judicial, pero la Corte corroboró que el hombre no había cumplido con su condena.

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