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Gobernación del Tolima incumple con la construcción de puente sobre el río Opia

Después de más de una década, el Departamento no ha dado cumplimiento a un fallo que busca proteger los derechos de la comunidad de Doima, en Piedras.  
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Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué
Gobernación del Tolima incumple con la construcción de puente sobre el río Opia

Un fuerte jalón de orejas se dio al gobernador del Tolima, Ricardo Orozco, por su inactividad y total apatía para dar cumplimiento a la orden judicial que ordena la construcción de un puente sobre el río Opia, en el municipio de Piedras.

El fallo fue emitido en 2010 y la Administración Departamental se ha dedicado a contratar diseños que han quedado obsoletos con el paso del tiempo. 

Por esta razón, el Juzgado Tercero Administrativo sancionó al gobernador Orozco con el pago de $4.542.630, equivalentes a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

Según el despacho, el Departamento, a través de las distintas administraciones, "no ha pasado de la contratación de estudios que luego quedan en la obsolescencia, sin que se demuestre verdadera voluntad de cumplir con la orden judicial, pues se han limitado a presentar excusas tales como la devolución de los proyectos, la desactualización de los estudios y la necesidad de realizar unos nuevos, ahora, la volatilidad de los precios y la pandemia por el Covid-19". 

Los diseños fueron adjudicados en 2019 al ingeniero Norton Fernando Arenas. La obra requiere una inversión superior a los $3.260 millones. 

El Juzgado advirtió que una de las excusas de la Administración Departamental es que la comunidad conoce de la situación de peligro que presenta el movilizarse o transitar por la antigua estructura.

"Lo cierto es que la situación de peligro y vulneración de los derechos colectivos que fue evidenciada al momento de ampararlos, es igual o mayor con el transcurso del tiempo y la inactividad de la entidad territorial, de forma reciente a través del actual Gobernador, señor José Ricardo Orozco Valero, se hace evidente", concluyó el fallo. 

 

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