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Mintransporte explica por qué no se puede omitir el pago de peajes en Colombia

Un conductor lo hizo en El Espinal con base en un decreto. ¿Habría entonces una forma legal de no pagar peajes en Colombia?
Nación
Autor: Juan Esteban Leguízamo
Autor:
Juan Esteban Leguízamo
Mintransporte explica por qué no se puede omitir el pago de peajes en Colombia

¿Hay una forma legal de no pagar peajes en Colombia?, es la pregunta que dejó abierta el video del conductor que omitió el pago de uno de estos puestos de recaudo en El Espinal y que se volvió viral en redes sociales. (Ver: Conductor logró convencer a varios policías y pasó un peaje sin pagar en el Tolima)

Al respecto, EL OLFATO consultó con un abogado y un experto en materia de transporte y la respuesta es simple: no. Veamos por qué.

"Llevo más de media hora en un trancón desde el túnel. El decreto 071 del 2008 dice que, después de cinco minutos de estar trancados, tienen que levantar la talanquera hasta que el flujo se normalice", argumentó el conductor en el video.

Sin embargo, el documento que citó no tiene validez porque su vigencia –como está escrito– era transitoria, y solo aplicaba para un par de días de ese año (además, no era un decreto sino una resolución, y se emitió en 2009, no 2008).

"Era una resolución transitoria y, como su nombre lo indica, sus efectos eran momentáneos. El ministro de transporte era Andrés Uriel Gallego y tomaron esa medida con base en la Semana Santa de ese año", indicó César Lozada, experto en seguridad vial.

Por otro lado, la ley establece que el pago de todos los peajes en Colombia es obligatorio salvo algunas excepciones en las cuales no entra este caso.

"Los pagos se deben hacer sí o sí por ley. Los vehículos que no están obligados a cancelar estos peajes son: motos, bicicletas, bomberos, ambulancias, fuerzas militares, policía, INPEC, Defensa Civil", explicó el abogado y especialista en derecho penal Ricardo Huertas.

La ley 787 de 2002 lo dice: "para la construcción y conservación de la infraestructura de transporte se cobrará el uso de las obras a todos los usuarios".

De lo contrario, quienes omitan o evadan el cobro en el puesto de recaudo se exponen a una multa.

"El artículo 131, capítulo 2º, de la ley 769 del año 2002 señala que quienes no paguen el peaje en sitios establecidos se exponen a una multa de ocho salarios mínimos diarios legales vigentes", manifestó el abogado Huertas.

Esto, en 2022, significaría un total de $266,000. 

En resumidas cuentas, el famoso conductor del video sí debió pagar la tarifa. Aunque, en un caso hipotético, no tendría que pagar la multa.

"El conductor que no canceló el peaje no estaría vinculado a un proceso legal o administrativo. Él simplemente puede aducir la falta de conocimiento de la norma. Quien podría enfrentar un proceso disciplinario es, en cambio, el policía por falta de pericia", concluyó Huertas.

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