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Corte Constitucional definirá competencia en el caso de Santiago Murillo

El Juez con Función de Garantías compulsó copias a la Procuraduría Regional del Tolima para que investigue al juez 188 de la Justicia Penal Militar.
Justicia
Autor: Fernanda Rojas
Autor:
Fernanda Rojas
Corte Constitucional definirá competencia en el caso de Santiago Murillo
Foto: EL OLFATO

El Juzgado Octavo Penal con Función de Control de Garantías de Ibagué remitió a la Corte Constitucional el conflicto de competencia frente al caso de Santiago Murillo.

Será el Alto Tribunal el que decidirá si es viable que el proceso avance en la Justicia Penal Militar o en la justicia ordinaria. Adicionalmente, el despacho compulsó copias a la Procuraduría Regional del Tolima para que investigue al juez 188 de la Justicia Penal Militar.

“Corresponde a la Corte Constitucional, como guardiana de la integridad y supremacía de la constitución, entre otras funciones, la de dirimir los conflictos de competencia que ocurra entre las distintas jurisdicciones (…) con el fin de que se determine cual de las dos es la competente para conocer de esta investigación”, señaló el Juez.

Durante la audiencia realizada este miércoles, el despacho judicial consideró que a la justicia penal ordinaria le debe corresponder el caso, ya que los policías involucrados usaron indiscriminadamente las armas de fuego.

“Sí le corresponde a la justicia ordinaria el conocimiento de este asunto (…) en el momento en que el policial utilizó el arma de fuego y la esgrimieron contra un ciudadano que en ese momento no se encontraba ejerciendo ningún acto amenazante, ni ninguna situación que permita determinar una amenaza directa contra los Policías”, señaló.

“Sabiendo que el hecho de disparar puede causar la muerte, incluso un disparo al aire ejerce una trayectoria parabólica y ese proyectil cae con la misma fuerza con la que salió, puede entrar por el techo de una casa y matar a una persona”, agregó.

El juez indicó que si bien no se tiene certeza que Santiago Murillo había participado de las manifestaciones del 1 de mayo, reprochó la actuación de los uniformados y la calificó de “caprichosa”, puesto que ocasionaron la lesión a la víctima cuando ya se había controlado la manifestación en ese sector.

“Una vida humana es invaluable por encima de un vidrio roto (…) No se puede decir que, en función de salvaguardar los bienes, los policiales utilizaron el arma de fuego y dispararon para neutralizar ¿a quién? ¿a un joven que no estaba armado? que transitaba desafortunadamente por ese lugar (…) fue caprichosa la actuación de los policiales al disparar en contra de esta persona. No tiene ese origen directo con el servicio”, aseveró.

Por otro lado, antes de culminar la diligencia judicial, un delegado de la Fiscalía solicitó compulsar copias para investigar disciplinariamente al mayor René Mauricio Monroy Bernal ante la Procuraduría Regional del Tolima.

“Que investigue la autoridad competente, por parte del juzgado 188 penal adscrito a la Justicia Penal Militar, en razón de que pretende de manera ligera abrogar la competencia, en razón del análisis que se hizo a ese oficio firmado por el juez René Mauricio Monroy Bernal que, a juicio de este delegado, no cumple con ninguno de los requisitos para que de manera ligera pretendan abrogar la competencia. Está traspasando límites y que posiblemente esté inmerso en una decisión prevaricadora”, expresó el fiscal del caso.

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