¿Se moviliza en motocicleta? Tenga en cuenta las nuevas especificaciones que debe cumplir su casco
El Ministerio de Transporte estableció tres condiciones esenciales para el uso de cascos de motociclistas, con el fin de reducir las muertes y lesiones de gravedad en estos actores viales. Estas serán exigidas desde el 20 de enero de 2021.
La primera de estas indicaciones es que la cabeza del motociclista, sea con conductor y/o acompañante, esté totalmente inmersa en el casco y se encuentre asegurada por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
De igual forma, los ciudadanos no podrán portar sistemas móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el elemento de protección, a excepción de auriculares y manos libres.
El tercer requerimiento es que los cascos que posean cubierta facial inferior movible, permanezcan siempre con esta cerrada durante el tránsito del vehículo ya sea motocicleta, motocarro o cuatrimoto.
También, es recomendable que a la hora de adquirir estos objetos se tenga en cuenta su calidad, talla y uso correcto.
Las sanciones por el uso inadecuado
Los conductores que no acaten lo previsto en la Resolución, incurrirán en sanciones previstas en el literal c del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, que corresponde al pago de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes.
Del mismo modo, el agente de tránsito que sorprenda a un motociclista sin utilizar el casco de seguridad cuando corresponda, podrá inmovilizar el vehículo conforme a lo establecido en el artículo 94 de la Ley 769 de 2002.
De acuerdo con el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte del Tolima – DATT, en lo corrido del año se han presentado 84 decesos por accidentes en motocicletas. De ahí la importancia de hacer uso adecuado de este dispositivo.