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Registraduría amplió el plazo para que campañas políticas postulen sus testigos electorales para las elecciones presidenciales

Este servicio debe garantizar la imparcialidad y claridad del ejercicio democrático presentando reclamaciones por escrito el día de las elecciones y durante los escrutinios correspondientes.
Nación
Autor: Redacción Nación
Autor:
Redacción Nación
Registraduría amplió el plazo para que campañas políticas postulen sus testigos electorales para las elecciones presidenciales

La Registraduría Nacional del Estado Civil amplió el plazo para que las agrupaciones políticas postulen a sus testigos electorales y así dar cumplimiento al Plan de Garantías Electorales.

Este servicio debe garantizar la imparcialidad y claridad del ejercicio democrático presentando reclamaciones por escrito el día de las elecciones y durante los escrutinios correspondientes.

Los testigos prestaran su servicio de veeduría en las 102.152 mesas de votación que se instalarán en todo el territorio nacional y en el exterior.

La fecha límite de inscripción será el viernes 27 de mayo.

Los inscritos deben ser designados por los partidos, movimientos políticos o sociales, o estar en listas enviadas al Registrador del Estado Civil Especial o Municipal según el caso.

En el registro deben figurar los nombres y apellidos completos, el número de documento de identidad, la zona, puesto y mesa ó la comisión escrutadora correspondiente donde actuaran.

A la fecha, la coalición Pacto Histórico ha postulado 16.623 principales y 964 remanentes; la coalición Equipo por Colombia, 2.243 principales y 38 remanentes; la coalición Centro Esperanza, 146 principales y 0 remanentes; Liga de Gobernantes Anticorrupción, 46 principales y 9 remanentes; Partido Movimiento de Salvación Nacional, 58 principales y 0 remanentes y Colombia Justa y Libres, 9 principales y 2 remanentes.

Deberes

Al momento de la instalación de los jurados y apertura de las
votaciones:

  • Observar que los jurados de votación estén acreditados en la mesa.

  • Comprobar que las actas y demás documentos no han sido diligenciados previamente y que las urnas se encuentran vacías.

  • Verificar que el Kit electoral se encuentre sellado.

  • Observar que los sobres de las tarjetas electorales no sen destapados antes de las 8:00 a.m.
  • Observar que las votaciones no se inicien antes de las 8:00 a.m.

Durante las votaciones:

  • Observar que los votantes concurran libremente y en secreto a escoger el candidato de su preferencia y depositar su voto sin presión o interferencia de ninguna clase.
  • Vigilar que todos los ciudadanos voten con la cédula de ciudadanía actualizada, único documento valido para sufragar.
  • Verificar que las mesas de votación no funcione con menos de dos (2) jurados de votación y que las rajetas electorales no sean sustraídas del recinto de votación.

Al cierre de las votaciones y escrutinio de mesa:

  • Ver que ningún ciudadano vote después de las 4:00 p.m.
  •  Presenciar la apertura de la urna y el conteo de los votos.
  •  Verificar que los datos de las votaciones sean leídos del Acta de Escrutinio y de constancias del Jurado (Formulario E-14)
  •  Acompañar al Registrador y a la Fuerza Pública en el transporte de los documentos electorales.

Presentar las siguientes reclamaciones:

  • Cuando el número de sufragantes de una mesa exceda el de ciudadanos que podían votar en ella.
  • Cuando aparezca de manifiesto que en las actas de escrutinio se incurrió en error aritmético al computar los votos.
  • Cuando con base en las actas de inscripción aparezca de manera clara e inequívoca que en el acta de escrutinio se incurrió en error al anotar el nombre o apellido de uno o más candidatos.
  • Cuando los dos ejemplares de las actas de escrutinio y de constancias de los jurados de votación (Formas E – 14), no estén firmados al menos por dos (2) de ellos (art. 5, parágrafo 2, ley 163 de 1994).
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