Aprobado proyecto de ley que prohíbe el porte y consumo de sustancias psicoactivas en parques y cerca a colegios
Las plenarias de Senado y Cámara de Representantes aprobaron la conciliación del proyecto de ley que prohíbe el porte y consumo de sustancias psicoactivas en parques y alrededor de escuelas y colegios, el cual pasó a manos del presidente Iván Duque para su sanción.
La iniciativa establece una modificación al Código Nacional de Policía y Convivencia, y el Código de infancia y la Adolescencia, en lo que tiene que ver con el “consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad”.
Luego de la decisión adoptada por el Congreso, la Ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, dijo que “es un proyecto que complementa las medidas que el Gobierno Nacional ha tomado” en materia de protección de los menores de edad.
La titular de la cartera recordó que “el presidente Duque expidió un decreto, el año pasado, que permite y ordena la incautación y destrucción de sustancias ilegales”.
Por esta razón, consideró que con la nueva legislación “el hecho de poder delimitar las áreas cercanas a los parques y los colegios, con la competencia de los alcaldes, permitirá generar una serie de multas y sanciones” para la protección de los niños del país.
El contenido del proyecto aprobado
La iniciativa aprobada, de origen congresional, les otorga a los alcaldes la competencia para establecer perímetros para la restricción, el consumo y porte de sustancias psicoactivas –inclusive dosis mínima- en lugares públicos.
De la misma manera, prohíbe el porte y consumo, incluida la dosis personal, en el perímetro de parques, centros educativos y áreas de interés según sean definidas por los alcaldes de cada municipio.
Adicionalmente, les otorga a las asambleas o consejos de administración la función de regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en las zonas comunes de las propiedades horizontales.
Según se explicó, el proyecto aprobado por el Congreso es compatible con los términos del reciente fallo de la Corte Constitucional, que declaró inexequible una prohibición general de consumo de licor y drogas en todo el espacio público.
De hecho, esta iniciativa regula el uso y porte de sustancias psicoactivas y en lugar de establecer una prohibición general en todo el espacio público, establece zonas específicas para la prohibición del consumo y porte, las cuales serán definidas por las autoridades locales.