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Condenan fiscalmente a dos exgerentes de la Edat por el desastroso acueducto de Villahermosa

La decisión es en primera instancia y vincula a los exgerentes Ancízar Carrillo y Jhon Jairo Sánchez.
Medioambiente
Autor: Redacción Medioambiente
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Redacción Medioambiente
Acueducto de Villahermosa
Foto: Archivo Edat

La gerencia de la Contraloría General en el Tolima condenó fiscalmente a los exgerentes de la Empresa de Aguas del Tolima (Edat): Ancizar Carrillo (administración de Luis Carlos Delgado) y Jhon Jairo Sánchez Escobar (administración de Óscar Barreto) con la suma de $292 millones, por las obras de remodelación del acueducto de Villahermosa.

La obra fue adjudicada al Consorcio Acueducto Villahermosa, por valor de $1.415 millones, a través del contrato 095, del 22 de octubre de 2013. 

La decisión también afecta a los contratistas Éliecer Mafioly Cantillo, Bernardo Enrique Bravo Pérez y Everardo Roncancio Cortés. De igual manera, a Juan Diego Jiménez Serna, como representante la empresa R&J Ingeniería S.A.S, y Nelson Toro Tobar, quienes integraron el Consorcio RT, interventor de la obra.  Y, por último, al ingeniero civil Jhon Fredy Lombana Casas como supervisor del contrato.

El órgano de control argumentó que los dineros objeto del fallo corresponden al anticipo de la obra, los cuales no han sido amortizados y se desconoce en qué fueron invertidos. Tampoco existe balance de ejecución de obra, no se han suscrito actas parciales y no se ha cuantificado la inversión en el lugar.

El contrato 095 tenía como plazo de ejecución seis meses, pero a mayo de 2019 sólo llevaba un 15 % de avance. Lo anterior, debido a falencias en el proceso de planeación al contratar una obra con estudios y diseños deficientes.

Esto llevó a la reformulación de los diseños ante el Ministerio de Vivienda, la cual solo fue aprobada en julio de 2019, después de adjudicado el contrato.

Pese a todas las irregularidades, el proyecto recibió una nueva inyección económica por $378 millones, por la inclusión de ítems no previstos.

Según los informes técnicos, la obra no es funcional ni presta beneficio a la comunidad.

La responsabilidad de los exgerentes y contratistas

Según la Contraloría, a Carrillo se le declara responsable fiscal a título de culpa grave porque tuvo conocimiento de las inconsistencias del proyecto para el mejoramiento del sistema de acueducto previa a la suscripción del contrato; sin embargo, lo celebró, se desembolsaron recursos por concepto de anticipo y se ejecutaron obras, incluso, con modificaciones que no se autorizaron a través de los instrumentos contractuales establecidos legal y convencionalmente para tal fin.

Además, está el documento suscrito por la supervisora para la época de los hechos Luz Velandia Sarmiento, quien recomendó no continuar con la obra hasta tanto no se aceptará la reformulación del proyecto y por consiguiente no era procedente autorizar el desembolso del anticipo, pues la obra se encontraba suspendida. 

Por otro lado, en cuanto a la responsabilidad de Sánchez, se estableció que, si bien la reformulación y los ajustes del proyecto no son imputables a su gestión, en los más de tres años que estuvo en el cargo no realizó ninguna actuación de seguimiento, corte y/o balance dirigido a establecer la ejecución de los recursos desembolsados al contratista.

En cuanto al Consorcio Acueducto Villahermosa se les responsabiliza de tener conocimiento respecto de la disparidad entre las condiciones reales existentes en el sitio de obra y las condiciones señaladas en los estudios y diseños del proyecto, y pese a ello dieron inicio a la ejecución de la obra la cual hasta la fecha no se han logrado recibir y pagar.

Es de destacar que el fallo es en primera instancia y procede recurso de apelación.

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