Juez ordenó al Ibal solucionar problema de contaminación que afecta la salud de niños de la Aldea Infantil SOS
El Juzgado Primero Civil del Circuito de Ibagué falló a favor de los habitantes del barrio Chicalá y de la Aldea de Infantil SOS, ordenando a la Alcaldía de Ibagué y a la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado (Ibal) atender las problemáticas de acueducto, alcantarillado y contaminación que hay en el sector.
El despacho indicó que la Administración Municipal debe realizar el cronograma de obras para neutralizar la inoperancia del alcantarillado y además deberá ejecutar las obras necesarias para solucionar la situación.
El juez protegió los derechos de los niños, que habían sido vulnerados en fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Noveno Civil Municipal.
Son ocho menores de edad y otros ciudadanos los afectados por la exposición de materia fecal y orina, un ambiente propicio para la proliferación de zancudos y enfermedades.
Así, se remitió a la entidad pública solucionar la falla en la red principal de alcantarillado de dos casas, la cual requiere reparación puntual a la tubería que vierte las aguas residuales.
Igualmente, el fallo judicial de segunda instancia ordenó iniciar acciones y terminar las obras necesarias para solucionar de manera definitiva la situación de salubridad, así como la optimización del servicio en un tiempo máximo de dos meses.
En su momento, la respuesta del Ibal frente a la queja presentada por los habitantes, indicó que se haría la intervención una vez se contara con el personal y los recursos, teniendo en cuenta la emergencia del COVID-19.
A su vez, que la obra se encontraba priorizada dentro del plan operacional tan pronto se resolvieran los recursos financieros y, además que no representaba una situación de riesgo ni afectaba a la vida de los ciudadanos.
Entre tanto, según el Juzgado Primero Civil, la Alcaldía de Ibagué guardó silencio respecto al problema.
“La razón misional que supone que justifica la existencia y los costos económicos del sostenimiento del Estado, entre otras, es asegurar el suministro de los servicios públicos de una manera eficiente a todos los habitantes”, dice el fallo.
La accionante tiene bajo su cuidado la protección y responsabilidad a ocho niños que carecen de hogar: Juez
“Es indispensable otorgar un término considerable para que tanto el Ibal y como la Alcaldía de Ibagué puedan iniciar las gestiones necesarias para la realización de las obras. Este despacho considera indebido eximir de responsabilidad a la alcaldía en sus obligaciones misionales como el suministro de servicios públicos”, acotó la sentencia.
Si se limitara el municipio a ser apenas un espectador, se construirá en cómplice de ineptitud y/o corrupción en el ineficiente suministro del servicio: Juez
La Personería de Ibagué reveló que por medio de su delegada para Servicios Públicos Control Urbano y Medio Ambiente pudo comprobar la problemática que allí se presenta derivada del colapso de la red.
“Se pudo verificar el vertimiento de ‘aguas negras’ a la quebrada Las Panelas produciendo una contaminación del medio ambiente y del recurso, generando problemas en la salud de ocho menores residentes en la zona que están al cuidado del centro de atención infantil y a los habitantes de Chicalá”, indicó el Ministerio Público.