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Juez absolvió al exoperador del Aeropuerto Perales por el escándalo de los ‘piques ilegales’

La decisión del Juez es polémica porque también podría ser el camino a la exoneración de Andrés Fabián Hurtado.
Justicia
Autor: Fernanda Rojas
Autor:
Fernanda Rojas
Foto: EL OLFATO

El Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ibagué profirió sentido de fallo absolutorio en contra de Daniel Felipe Cadena Ortiz, quien había sido señalado por su presunta participación y complicidad en la realización de los ‘piques ilegales’ al interior del Aeropuerto Perales de Ibagué en abril de 2014.

Durante la audiencia de este lunes 1 de febrero, el juez Marco Fidel Murcia Zapata tomó la decisión de no declarar culpable a Cadena por los delitos de peculado por uso en calidad de cómplice y destrucción, supresión u ocultamiento de elementos materiales probatorios. Además, ordenó archivar el proceso. (Ver: Fiscalía advierte presunto favorecimiento de un juez en el caso del precandidato Andrés Fabián Hurtado)

“El comportamiento presuntamente delictivo por parte de Daniel Felipe Cadena junto a las pruebas no satisface los presupuestos de los artículos 7º y 381 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que no se demostró más allá de toda duda razonable que haya actuado con la intención de vulnerar el régimen penal establecido (…) Este despacho judicial cobijará con decisión absolutoria al acusado respecto a esta conducta y absolución también por la complicidad en el delito de peculado por uso”, señaló el Juez.

Fuentes del proceso señalaron a esta redacción que el despacho no tuvo en cuenta las amplias pruebas presentadas por la Fiscal 38 de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública durante el juicio oral que duró más de dos años, y señalaban a Cadena de manipular las cámaras de seguridad para que enfocaran a otros puntos distintos a la pista de aterrizaje y así borrar la evidencia. (Ver: Se avecina primera sentencia en el escándalo de los ‘piques ilegales’ del Aeropuerto Perales)

Asimismo, no valoró una de las pruebas del ente acusador: el video que fue grabado en la noche del 3 de abril de 2014, en el cual Jair Palma indica a los participantes por dónde debían ingresar los vehículos. Por el contrario, el Juez refirió que se trató de una actividad deportiva.

“Denota la ausencia de dolo para la tipificación del delito referido. De acuerdo en lo evidenciado en el video, se trató de una actividad deportiva que se ejecutó con mucha responsabilidad”, aseguró.

“Su organizador así lo deja ver cuando llama la atención para que se desarrolle la actividad en un ambiente tranquilo, sin desmanes y con toda la sobriedad del caso, lo que podía catalogarse una actividad de carácter social en una ciudad que no cuenta con los escenarios para esta clase de eventos”, agregó.

Adicionalmente, el togado dijo que pese a la realización del evento ilegal, no se afectó la seguridad aérea, porque era una zona en construcción.

“Sobre la utilización de la plataforma, la responsabilidad sobre el desarrollo de la obra estaba en cabeza exclusivamente en la empresa constructora y no corría peligro la seguridad aérea, reiteramos lo expuesto por los testigos Freddy Augusto Bonilla Herrera, de la Aeronáutica Civil”, señaló.

Finalmente, la fuente consultada por esta redacción señaló que el Juez habría intentado catalogar a Cadena Ortiz como carente de experiencia profesional, con estudios básicos en bachillerato, y que por ello fue instrumentalizado y solo recibía órdenes.

El despacho habría omitido que el alcalde Andrés Hurtado, en ese entonces, secundó a su familiar por afinidad para que fuera cómplice de las irregularidades, ya que Cadena es primo de Leidy Galeano Ortiz, esposa del mandatario de Ibagué. (Ver: Llegó la hora del juicio del Alcalde de Ibagué por el escándalo de los ‘piques’ ilegales del Aeropuerto Perales)

“No hay duda de la realización de los ‘piques ilegales’, eso es un hecho, no hay duda de que las cámaras fueron manipuladas y las enfocaron a puntos inciertos y que también el encargado de estas cámaras era Daniel Felipe Cadena, sin embargo, este funcionario no deduce su conducta mal intencionada y su voluntad dirigida a cometer un delito, insistimos sobre preguntársenos cuál fue el beneficio personal de Cadena en manipular las cámaras”, señaló.

Al culminar la diligencia judicial, la delegada de la Fiscalía, al igual que el representante de víctimas de la Aeronáutica Civil y el Ministerio Público, manifestaron que apelarán la decisión del Juez para que el Tribunal Superior tome una determinación en segunda instancia.

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