Absuelven a Hurtado por el último delito que tenía pendiente de los piques ilegales
El juez Segundo Penal del Circuito, Henry Beltrán, absolvió este viernes al exalcalde de Ibagué Andrés Hurtado por el último cargo que enfrentaba relacionado con los piques ilegales del aeropuerto Perales de la ciudad.
El juez no lo halló culpable del delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elementos de material probatorio, proceso por el que estaba respondiendo desde el año 2017.
La Fiscalía 38 de la unidad de delitos contra la Administración Pública señaló a Hurtado de ordenar la manipulación de las cámaras de seguridad del aeropuerto para eliminar toda evidencia de las carreras automovilísticas que allí se ejecutaron en abril del 2014, cuando él fungía como gerente de la terminal aérea.
Con estos fallos a su favor, Andrés Hurtado, tiene vía libre para avanzar en su campaña política por la Gobernación del Tolima.
No obstante, la Fiscalía General de la Nación anunció que apelará la decisión ante la sala penal del Tribunal Superior de Ibagué.
Este mismo juez, en el 2022, le precluyó otro delito: el de peculado por uso, gracias a una estrategia dilatoria que emplearon sus abogados para suspender las audiencias y prolongar los interrogatorios a los testigos.
Los argumentos
El sustento del Juez para absolver al exalcalde tiene que ver con la decisión que tomó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado tolimense Fabio Ospitia Garzón, en el sentido de ordenar la libertad inmediata de Daniel Felipe Cadena Ortiz, vinculado en el proceso ya que laboraba en la vigilancia del aeropuerto y fue señalado por su presunta participación en los piques ilegales en abril de 2014.
Para el Juez la decisión sobre el vigilante Cadena "impacta dramáticamente la forma de intervención delictiva enrostrada por la Fiscalía en contra de Andrés Fabián Hurtado Barrera como determinador".
Cadena, primo de Leidy Galeano, esposa del exalcalde Hurtado, había sido acusado de manipular las cámaras de seguridad que grababan la entrada al aeropuerto y la pista aérea con el objetivo de no dejar evidencias de lo sucedido.
En su momento, el magistrado Ospitia afirmó que no existió el delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, porque no se alcanzó a grabar nada en las cámaras de seguridad del aeropuerto.
La Fiscalía insistió, en repetidas ocasiones, que sí existió una alteración del circuito cerrado de televisión, precisamente, para evitar que lo sucedido ese día no fuera prueba en la investigación. Ese habría sido el aporte del vigilante Cadena, quien, según lo dicho por la fiscal del caso, alteró las cámaras para evitar que quedara registrado el evento.
Reiteró que era obvio que las cámaras no tenían ningún contenido porque Cadena evitó que quedaran registrados los piques ilegales.
Cabe mencionar que dichas carreras sí sucedieron conforme a las pruebas que obtuvo EL OLFATO y que la Fiscalía incorporó en debida forma como prueba en el expediente. (Ver: Video prueba ‘piques’ ilegales en Perales)