La USI adjudicó millonario contrato a la esposa de un político, pero lo ejecutará el padrastro de la mujer
El gerente de la Unidad de Salud de Ibagué, Carlos Armando Cuéllar Barreto, entraría a responder ante los órganos de control. Lo anterior, por cuenta de la cesión del contrato para el suministro y despacho de medicamentos de la ESE a una empresa que no cumpliría con la experiencia requerida ni el músculo financiero para ejecutar estos recursos.
Se trata del contrato 2291 del 15 de marzo suscrito con Paola Andrea García Colorado, esposa del excandidato al Senado y exfuncionario del Ministerio de Defensa Emanuel Arango, y cuya cuantía asciende a los $650 millones.
A este proceso se presentaron dos oferentes: consorcio Secouya y García Colorado. La firma del acta de inicio se dio el 16 de marzo y tres días después la empresaria solicitó la cesión en favor de la empresa Dismed Pharma, cuyo representante legal es Uriel Escárraga Ortíz, su padrastro, quien no cumpliría con los requisitos del pliego para ejecutar el contrato.
Dentro de las exigencias se estableció que los oferentes debían acreditar la suscripción de mínimo un contrato con entidades públicas o privadas con objeto similar al de este proceso, consistente en el desarrollo de actividades de suministro de medicamentos e insumos médicos por un valor igual o mayor al 100 % del presupuesto oficial establecido por la entidad contratante.
No obstante, y de acuerdo con los contratos presentados por Escarraga Ortíz para acreditar esta experiencia, no superan el valor a contratar por la USI y sus objetos no tendrían relación con el suministro de medicamentos.
Para el abogado y especialista en contratación estatal Luis Felipe Aranzales, la cesión se llevó a cabo con una persona que no contaba con los requisitos mínimos para la misma y quien no cumplía con los requisitos habilitantes si se hubiera presentado al proceso de licitación.
“No cumple con la experiencia requerida, ni en valor ni en la idoneidad, pues los objetos aportados son diferentes sustancialmente al de la contratación y, por otro lado, en valor no equivalen ni a la mínima exigida en el proceso, y mucho menos a la ponderable, donde se calificaba con mayor puntaje al que acreditara tres veces más del 100% del presupuesto oficial”, sentenció el abogado.
Sin músculo financiero
Otro de los aspectos que llaman la atención es que Dismed Pharma solo cuenta con activos totales por $10 millones. Esto se verifica en el Certificado de Cámara y Comercio, donde se advierte que es una microempresa constituida en 2012.
Para el abogado Aranzales hay una incoherencia por parte del equipo que avaló los estados financieros de la empresa, pues el capital de esta empresa supera 600 veces la cuantía del contrato.
EL OLFATO trasladó esta inquietud al gerente de la USI, Carlos Armando Cuéllar, quien argumentó que revisada la documentación aportada por el cesionario cumplía con todos los requisitos. No obstante, dijo no recordar el valor total de los contratos que acreditaría su capacidad financiera y experiencia.
“Revisamos toda la información, todos los documentos que él entregó, Cámara y Comercio, inclusive este contrato para mi tiene más peso, la parte jurídica también lo vio, que es entregar el contrato de una persona natural a una jurídica”, señaló.
“Sabe que esto es un sustento más grande y poderoso en el caso que se presente alguna anomalía, tenemos un sustento jurídico por ser persona jurídica para realizar alguna reclamación. Realmente, la empresa cumple con los requisitos y toda la papelería cumple sin ningún problema y por eso se hizo la cesión”, justificó el directivo.
¿Favoritismo?
El contrato 2291 se suscribió el 15 de marzo del año en curso y cuatro días después se solicitó la cesión la cual quedó formalizada el 24 de marzo por parte del Gerente de la USI y Escárraga.
Según Carlos Armando Cuéllar, la cesión se dio debido a que Paola Andrea García ocuparía un cargo en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y tomaría posesión del cargo el 26 de marzo.
No obstante, Cuéllar Barreto descartó conocer el vínculo de filiación entre la ganadora de la licitación y Escárraga.
“La parte privada no nos incumbe. Nosotros revisamos quiénes representan las empresas, si tienen algún antecedente o algún problema legal que le impida representar la empresa. Nosotros miramos que cumplan con los requisitos de nuestro manual de contratación”, puntualizó.
El cesionario del contrato indicó que la razón por la cual su hijastra le cedió el contrato fue por el nombramiento que le salió con el Estado. Además, resaltó que su empresa le compró el establecimiento de comercio a García.
Al ser cuestionado sobre el por qué no se presentó a la licitación si tenía interés en el proceso contractual con la USI, manifestó que: “Yo tengo cualquier cantidad de procesos. Son infinidad de procesos y de pronto no me di cuenta de este. A diario a mí llegan 40 procesos y no me puedo presentar a todos”, acotó.
Por último, en cuanto al ser favorecido por su filiación con García y la duda que esto genera frente a la transparencia del proceso, Escárraga aseveró no haber ninguna, pues “es una transacción comercial”, apegada a la ley.
Es de anotar que esta redacción esperó una semana para que el contratista ampliara su versión sin tener comunicación con éste.
Implicaciones legales
Para el abogado Luis Felipe Aranzalez, el haber hecho una cesión del contrato sin que el nuevo proponente cumpliera con la experiencia, los indicadores financieros y la capacidad jurídica implicaría desde lo penal la posible celebración de un contrato sin el lleno de los requisitos legales, además de un posible interés indebido, pues “se favoreció a un tercero que no contaba con las condiciones mínimas”.
En cuanto al tema disciplinario, el profesional manifestó que el ordenador del gasto podría recibir una sanción de destitución con mínimo 10 años de inhabilidad, pues incluso podría llegar a probarse el dolo, ya que sería evidente el incumplimiento.
Entrevista gerente de la USI
El OLFATO: ¿Qué llevó a la contratista ganadora del proceso a ceder el contrato?
Carlos Andrés Cuéllar: El acta de inicio se dio el 16 de marzo. Qué pasó, que el 19 de marzo esta persona nos pasa una carta solicitando la cesión del contrato y la justificación radica en que ella fue nombrada en un cargo de carácter oficial con el Estado y en el cual se debía posicionar el 26 de marzo. Ella lo que hizo fue hacer la cesión, y se postula la empresa Dismed Pharma.
E.O.: ¿Qué evaluación hizo al nuevo contratista para que asumiera las responsabilidades?
C.A.C.: Se analizó la Cámara de Comercio de esta empresa y que cumpliera con todo con todos los requisitos del manual de contratación y cumple con los requerimientos que exige nuestro manual y los documentos que ellos aportaron, se hizo la verificación y no hay ningún problema y por eso se registró la cesión el día 24 de marzo de 2021.
Hay que recordar que nosotros como empresa social del estado nos regimos por un régimen especial en el cual tenemos un manual de contratación y que nos permite que podamos hacer la cesión.
E.O.: ¿Revisaron su experiencia específica?
C.A.C.: Él tiene la experiencia para la distribución de medicamentos, adquisición y venta de medicamentos, tiene sus pólizas y las licencias para la entrega de medicamentos controlados y su experiencia es amplia en la entrega de medicamentos. No vimos ninguna objeción para que no se pudiera llevar a cabo esta cesión.
E.O.: Y en cuanto a los estados financieros, pues según el registro de Cámara de Comercio esta empresa solo cuenta con $10 millones como capital y activos totales…
C.A.C.: Nosotros revisamos toda la información, todos los documentos que él entregó, Cámara y Comercio, inclusive este contrato para mí tiene más peso, la parte jurídica también lo vio, que es entregar el contrato de una persona natural a una jurídica.
Esto es un sustento más grande y poderoso en el caso que se presente alguna anomalía, tenemos un sustento jurídico por ser persona jurídica para realizar alguna reclamación. Realmente la empresa cumple con los requisitos y toda la papelería cumple sin ningún problema y por eso se hizo la cesión.
E.O.: ¿A cuánto ascienden los contratos que acreditó Escárraga y que allegó como experiencia?
C.A.C.: No ese valor no lo tengo. Lo que nosotros analizamos es que cumplía con los criterios eso se hizo y eso se evaluó.
E.O.: ¿Usted sabe qué relación existe entre los representantes de la ganadora y al cual se le cedió el contrato?
C.A.C.: La parte privada no nos incumbe. Nosotros revisamos quiénes representan las empresas, si tienen algún antecedente o algún problema legal que le impida representar la empresa. Nosotros miramos que cumplan con los requisitos de nuestro manual de contratación.
E.O.: ¿Usted sabía que el nuevo contratista es padrastro de la ganadora del proceso?
C.A.C.: No, no tenía conocimiento, pero igual nosotros lo que revisamos es que legalmente las personas puedan cumplir sus funciones. Nosotros revisamos que tengan toda la documentación adecuada y que no vayamos a pecar en un problema por la cesión de un contrato que tenga una anomalidad.
Nosotros revisamos quiénes son los representantes, revisamos la Cámara y Comercio y hacemos la cesión. No sé en qué cargo se presentó, pero creo que si lo tiene una empresa y tiene contratos y la maneja es por algo bueno.
E.O.: Llama la atención que el señor Escárraga no se presentara al proceso de licitación, pero sí que se le cediera el contrato…
C.A.C.: Nosotros hacemos una invitación pública y cualquier persona se puede presentar. A este proceso se presentaron dos empresas Consorcio Secouya del Tolima y Distribuidora Médico Quirúrgica del Tolima.
Yo ni siquiera evalúo, eso lo hace el comité evaluador y de las sugerencias de ese comité yo determino si hago o no la contratación. Si se presentó o no, no sé por qué no lo hizo.