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La razón de la Contraloría General para negar la comisión a Leidy Perea para posesionarse como la Contralora de Ibagué

Según concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública, los funcionarios de carrera del órgano de control no pueden desempeñar una comisión para ejercer empleos de período.
Ibagué
Autor: Redacción Ibagué
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Redacción Ibagué

La Contraloría General negó la comisión a Leidy Julieth Perea Ramírez para posesionarse como la nueva Contralora de Ibagué, debido a que no es un cargo de libre nombramiento y remoción.

De acuerdo con un concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), los funcionarios de carrera administrativa de la entidad, no se les otorgará una comisión para desempeñar empleos clasificados por períodos. El beneficio solo aplica para ejercer labores en cargos de libre nombramiento y remoción.

"Por lo tanto, es claro que la norma particular de la Contraloría solo consagra la comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, sin que para el efecto se haya consagrado la comisión para los empleos de período, es decir, en el presente caso no se presenta un vacío normativo, sino que la misma no contempló dentro de las disposiciones la comisión para desempeñar empleos clasificados como de período", reza el concepto de la DAFP.

Con base en este concepto, la Dirección de Talento Humano negó la comisión a Perea Ramírez, quien desempeña labores administrativas en el ente de control en el departamento del Huila.

La funcionaria interpuso una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Neiva para reclamar el derecho a la igualdad, al debido proceso, y al acceso a cargos públicos, presuntamente vulnerados por el órgano de control fiscal.

Perea ha indicado que no descarta renunciar al cargo de carrera administrativa, pero por el momento espera el veredicto para el amparo de sus derechos.    

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