Juicio oral contra el alcalde Jaramillo quedó programado para marzo de 2020
La Juez Quinto Penal del Circuito de Ibagué programó para el próximo 13 y 27 de marzo el inicio del juicio oral contra el alcalde de Ibagué, Guillermo Alfonso Jaramillo, por la firma del convenio 1918 de 2016 con la Corporación Festival Folclórico.
La Juez decretó y avaló este viernes las pruebas testimoniales y documentales que presentarán tanto la Fiscal 38 seccional y la defensa del mandatario a cargo del abogado Rodolfo Salas.
El ente acusador llamará al estrado a 20 testigos, entre estos al expresidente de la Junta Directiva de la Corporación Festival Folclórico Colombiano, Félix García Motta, la expresentante legal de esta entidad, Betty García, al exdirector Ejecutivo de la Corporación, Roberto Manjarrés y al exdirector de Turismo, Basilio Alexánder Vicens Murillo, quien será clave para resolver el proceso.
Vicens Murillo fungió como Secretario de Cultura encargado para la época de los hechos e intervino en la firma del convenio 1918 con la Corporación Festival Folclórico.
La Fiscal 38 adscrita a la unidad de delitos contra la Administración pidió al juzgado incluir como prueba el acta modificatoria del convenio, supuestamente suscrita el 11 de noviembre de 2016, con la cual se permitió subcontratar la instalación del alumbrado navideño.
Para la Fiscalía, esto refuerza la tesis de que la Corporación Festival Folclórico no era idónea para ejecutar el convenio (Ver: Fiscalía compulsa copias para que se investigue posible falsificación de documento en el marco del convenio de alumbrado navideño en 2016)
El exsecretario de Cultura encargado aseguró que él no suscribió el acta de modificación y que la firma plasmada en ese documento no es la misma empleada en otros documentos contractuales.
"Será el mismo Basilio, aquí en la audiencia, quien va a corroborar lo que e dijo al investigador del por qué las falencias de las mismas situaciones que se presentaron en esa acta modificatoria de la cláusula décimo novena del convenio 1918", sostuvo la representante del ente acusador.
La defensa se opuso
El abogado Rodolfo Salas, solicitó al juzgado no decretar esta prueba por ser sobreviniente y no ser descubierta por la Fiscalía. (Ver:Fiscalía radicó escrito de acusación contra Jaramillo por escándalo del alumbrado navideño de 2016)
"Lo que me han enseñado en la universidad es que no se puede desplegar ningún acto de investigación posterior al escrito de acusacion, veo que se está entendiendo como una especie de refutación y no es el escenario para decretarla", dijo.
La representante de la Procuraduría al igual que la Fiscalía se opusieron, por ser esencial para el proceso.
"La pregunta es qué es más sano para el proceso decretar la prueba o no decretarla, estamos hablando que es una información muy importante para solucionar el caso. Cree el Ministerio público que lo más sano es decretar la prueba, es una información importante para definir el asunto", dijo la representante del Ministerio Público.
Para la Fiscal, fue el mismo Vicens quien aseguró, al ponérsele de presente el acta, que no recordaba haberla firmado, que nunca firmaba por cuanto no era abogado y no tuviera el visto bueno de quién revisó y aprobó, cosa que no está, y es él quien dice que no es su firma como se registra en otros actos contractuales.
Por su parte la Juez mantuvo su decisión de tenerla en cuenta dentro del proceso.
"Por ahora es más sano para el proceso decretar la prueba, máxime tratándose de una prueba trascendental en este juicio, se deja constancia que no se trata de una prueba sobreviniente, se está decretando en el momento oportuno como es la audiencia preparatoria", concluyó la Juez.