Fuego amigo en la alcaldía de Ibagué
El diálogo y la concertación no son las principales cualidades del gabinete del alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo. Los conflictos personales entre sus subalternos son una constante y las intrigas están a la orden del día.
Lo que no se sabía era lo extremistas que podían llegar a ser los inmediatos colaboradores del mandatario local.
EL OLFATO tuvo acceso a una denuncia que interpuso ante la Personería de Ibagué el asesor de la Oficina de la Juventud, Juan Nicolás Camargo, en contra de la abogada de la Secretaría de Apoyo a la Gestión, Jennifer Licel Aya, por haberse “extralimitado en sus funciones” y su- plantarlo en un proceso contractual.
Según Camargo, su compañera de gabinete firmó como supervisora de un contrato en el que él era el responsable de constatar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el contratista Santiago Cuitiva Vallejo, por $24’400.000.
Añadió, que Cuitiva tramitó el pago de su cuenta el 23 de enero de 2018 sin “que hubiera cumplido a cabalidad sus obligaciones e informes solicitados, razón por la cual en calidad de supervisor le envié un requerimiento para que cumpliera con los productos asignados y así poder realizar las gestiones para su pago”.
Luego, dijo que se enteró “que la planilla de pago (del contratista Cuitiva) estaba lista para firma del ordenador del gasto, lo que generó una alerta, pues como supervisor en el mes de diciembre nunca firmé el certificado de la supervisión ni el acta final de cumplimiento”.
“Constatando lo anterior, acudí a los documentos referidos y me encuentro que la funcionaria Jennifer Licel Aya Bonilla suscribió a título de supervisora sin tener dicha designación y sin tener cono- cimiento si el contratista Cuitiva había cumplido con las obligaciones emanadas del contrato”, denunció el asesor.
En su escrito a la Personería, Camargo insistió en que esta funcionaria se había extralimitado en sus funciones y actúo ajena al orden legal establecido. Un hecho que calificó como una falta “gravísima”, ya que Aya estaría incurriendo en falsedad en documento público.
De hecho, en esta denuncia expuso el texto del Artículo 286, del Código Penal, para ilustrar a los investigadores de la Personería de Ibagué.
“El servidor público que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, con- signe una falsedad o calle total o parcial- mente la verdad, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento (180) meses”, citó Camargo en su denuncia.
La explicación de la asesora Aya
La abogada Jennifer Licel Aya dijo que certificó como supervisora de ese con- trato, el 11 de enero de 2018, porque Camargo había sido trasladado a la Secretaría de Planeación, y que ella podía hacerlo sin que existiera un acto administrativo que delegara esa función contractual.
“Procedió a certificar la supervisión, debido a que el 11 de enero, al suscrito (o sea a Camargo) se le concedió la solicitud de traslado a la Secretaría de Planeación y según la asesora, como en la minuta del contrato reza que ejercerá la supervisión quien “haga sus veces o quien designe el señor alcalde”, al ser yo trasladado ella asumía dicha supervisión sin necesidad de acto administrativo alguno”, señaló Camargo.
Pero esa versión no convenció al asesor de la Oficina de la Juventud, y decidió denunciarla ante la Personería, ente de con- trol que abrió una indagación preliminar en contra de la asesora.