Estos son los delitos en los que incurriría una familia del barrio Irazú por hostigar a sus vecinos
A raíz del video difundido en las redes sociales este lunes, en el que se observa a una familia del barrio Irazú en Ibagué insultar y hostigar a sus vecinos, EL OLFATO contactó a expertos para conocer qué tipo de procedimiento judicial enfrentarían estas personas que atemorizan a la comunidad.
Con los elementos materiales probatorios recolectados por las personas afectadas y los videos de las cámaras de seguridad, los aparentes victimarios presuntamente han incurrido en varios delitos.
Según un abogado penalista consultado por esta redacción, con la evidencia fílmica la familia Monroy García, señalada de hostigar a sus vecinos, sería responsable del delito de daño en bien ajeno, por las afectaciones a las viviendas y a las cámaras de seguridad. (Ver: Aterrador video revela las agresiones, acoso y provocaciones de una familia en contra de sus vecinos en barrio de Ibagué)
“El que destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier otro modo dañe bien ajeno, mueble o inmueble incurrirá en prisión de uno a cinco años y multa de cinco a veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”, dice el artículo 265 del Código Penal.
Para el experto, también estarían inmersos en una presunta comisión del delito de constreñimiento ilegal. Según el artículo 182, “el que, fuera de los casos especialmente previstos como delito, constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, incurrirá en prisión de dieciséis a treinta y seis meses”.
“De una u otra manera estas personas están constriñendo a los vecinos y a que toleren este tipo de comportamientos e inclusive a omitir a acudir ante las autoridades”, dijo el abogado.
Otro especialista indicó a este medio de comunicación que la familia problemática sería señalada por los presuntos delitos de lesiones personales y amenazas, tal como se han evidenciado las agresiones físicas y verbales, en las que con palabras intimidatorias declaran que causarían algún tipo de daño a los vecinos que viven en la cuadra.
“El que por cualquier medio atemorice o amenace a una persona, familia, comunidad o institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población o en un sector de ella, incurrirá por esta sola conducta, en prisión de cuatro a ocho años y multa de 13.33 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, según el artículo 347.
Medidas de prevención
Para los expertos, las autoridades policiales pueden ejercer sanciones a las personas que alteren el orden público y la tranquilidad de la comunidad, las cuales están reguladas a través del Código Nacional de Policía.
“Estos asuntos terminan siendo competencia de las autoridades administrativas. Este tipo de comportamientos que ha generado presuntamente los miembros de la familia Monroy, se da la posibilidad de que la Policía imponga unas medidas correctivas, sin embargo, vemos que eso no se ha operado y no se ha tomado una determinación frente al caso”, puntualizó uno de los especialistas.
Estas medidas están orientadas a evitar cualquier tipo de comportamiento intimidatorio que atente contra otra persona, en este caso, de parte la familia Monroy García. (Ver: Hablan los vecinos afectados por agresiones de una familia en el barrio Irazú de Ibagué)
“El objetivo es que se abstengan de seguir cometiendo estos actos contra los vecinos de su barrio, so pena de verse expuestos a la imposición de una multa”, aseveró.
Uno de los abogados penalistas aseguró que, de no definir acciones eficaces, los vecinos del sector podrían verse mayormente afectados.
“Son estos actos de intolerancia y problemas de convivencia los que terminan convirtiéndose en delitos mayores, como tentativa de homicidio u homicidios. Por el desespero, la angustia y la ansiedad de que las autoridades no actúen, hacen que las personas reaccionen violentamente ante este tipo de situaciones”, concluyó.